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Base tributaria aumenta en 4.5 millones en primer semestre
24 - Agosto - 2010


   En el primer semestre del año, la base tributaria registró una ampliación histórica de 4.5 millones de personas, alcanzando por primera vez un padrón de 30 millones 873 mil 431 con­tribuyentes activos registrados, provenientes en su mayoría de la industria manufacturera y del comercio minorista. El mayor crecimiento se observó en el universo de personas físicas, incluyendo a los asalariados, que del 31 de di­ciembre de 2009 al 30 de ju­nio de 2010 aumentó en cua­tro millones 46 mil 14, para un total de 29 millones 605 mil 14, mientras que el de per­sonas morales se incrementó en 437 mil 917, a un millón 268 mil 417.

Cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y del Servicio de Administración Tributaria (SAT) revelan que la mayor parte de los contribuyentes activos registrados, cuatro millones 851 mil 375, se de­sempeñó en la industria ma­nufacturera, seguidos de cua­tro millones 840 mil 283 que se dedicaron al comercio al menudeo.

Aquellos con actividades en servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación sumaron tres millones 431 mil 190, integrando el tercer gru­po más grande, seguido de quienes se dedican a la agri­cultura, ganadería, aprove­chamiento forestal, pesca y caza, con dos millones 269 mil 479.

Los que pagan

En conjunto, estos cuatro sectores aportaron casi 50 por ciento del universo de contribuyentes, con 15 mi­llones 392 mil 627, mientras que los que se desempeñan en áreas de dirección de cor­porativos y empresas única­mente sumaron seis mil 423 contribuyentes.

Dentro de 21 diferentes sectores de actividad econó­mica, en el renglón de "otros servicios", exceptuando actividades del gobierno, el número de contribuyentes fue de dos millones 183 mil 194, y en las actividades del gobierno y de organismos internaciona­les y extraterritoriales, de un millón 499 mil 227.

Las cifras preliminares de la SHCP señalan que al 30 de ju­nio, los contribuyentes en el comercio al mayoreo ascendieron a un millón 377 mil 482; en servicios profesiona­les, científicos y técnicos, un millón 344 mil 787, y en la construcción, un millón 246 mil 85.

Los contribuyentes en áreas de transportes, correos y almacenamiento sumaron un millón 139 mil 760, y en los servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles, 949 mil 959; de salud y de asistencia social, 937 mil 201; educativos, 839 mil 232, y en servicios financieros y de seguros, 680 mil 77.

Del sector de los servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas provinieron 328 mil 351 contribuyentes; de la minería, 214 mil 291, y de los servicios de esparcimiento, culturales y deportivos, y otros recreativos, 209 mil 970.

Por último, los datos de la SHCP y del SAT indican que 206 mil 498 contribuyentes pertenecen al sector de la electricidad, agua y suminis­tro de gas por ductos al con­sumidor final, y 195 mil 24 al de la información en medios masivos, mientras que en el renglón de "otros" se encuen­tran dos millones 123 mil 543 contribuyentes.








Marcela Ojeda Castilla
El Financiero:


 
Sostienen' pobres' a fisco
24 - Agosto - 2010

 

Arrendadores, profe­sionistas y todas aquellos contri­buyentes con pequeños negocios que presentan declaración y ga­nan menos de 10 salarios míni­mos, aportan cada vez más a la recaudación y sostienen 35.9 por ciento de lo que obtiene el fisco por impuestos de personas físi­cas, según datos de la Secretaría de Hacienda. En el primer semestre de 2010 el Gobierno obtuvo 14 mil 944 millones de pesos de recau­dación de arrendadores, profe­sionistas, personas físicas con ac­tividad empresarial y pequeños negocios bajo el régimen de pe­queños contribuyentes.

Los datos de la dependencia reflejan que en lo que va del sexenio la participación de las familias de menor ingreso ha sido cada vez mayor, ya que en 2006 aporta­ron 25.8 por ciento del total. Actualmente, los que ganan menos de 10 salarios mínimos tiene ingresos mensuales que no su­peran los 16 mil 731 pesos al mes. Hacienda explica que tratándose de la recaudación de perso­nas físicas, clasifica por nivel de ingreso sólo aquella que provie­ne de las personas que declaran impuestos, excluye todos aque­llos asalariados que trabajando para algún patrón y éste retiene el gravamen.

Las cifras de Hacienda detallan que otros niveles de ingresos han perdido participación en la recaudación.

En el primer semestre de 2010 los contribuyentes con in­gresos entre 10 y 50 salarios mí­nimos, pagaron al fisco 2 mil 387 millones de pesos por impuestos, lo que representó 16 por ciento de la recaudación total de perso­nas físicas, cuando en 2006 apor­taban 18.9 por ciento.

En este rango de ingreso es­tán los ciudadanos y familias que logran ingresos entre 16 mil 731 pesos y 83 mil 655 pesos al mes.

Según la dependencia, los contribuyentes de menor ingre­so aumentaron su participación porque han funcionado las medidas que ha instrumentado el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para captar más retribuciones de estos ciudada­nos.

"La participación de estos contribuyentes pasó de 32 por ciento en el primer semestre de 2009 a 36 por ciento en el primer semestre de 2010, como resulta­do de los programas que ha instrumentado el SAT, tiles como el Programa de Actualización y Registro (PAR) y el Programa de Cumplimiento Voluntario, entre los más importantes", explica

Óscar Márquez, socio direc­tor de la firma Calvo Nicolau y Márquez Cristera cuestionó que la carga fiscal en el País se recar­gue en la población de menos re­cursos.

Dijo que es inadmisible que se dé este escenario cuando hay grandes contribuyentes que go­zan de privilegios fiscales a tra­vés de exenciones y condonación de impuestos.

"En este país deben pagar impuestos todos y no solamen­te unos cuantos. Siempre los que menos tienen son los que ponen más. Cargarle la mano a los contribuyentes menores cuando hay privilegios para los grandes es re­probable", señaló Márquez.






Laura Carrillo y Arturo Rlvero

Mural

 

 
Flash Informativo Ceballos
18 - Agosto - 2010

Les comento información que nos hace llegar nuestro asociado Carlos Alberto Aceves Flores:

Buen día!

 

Les comento que ayer 17 de agosto, se reportaron problemas que impidieron el uso adecuado del Servicio de Declaraciones y Pagos, a través del cual deben realizar la presentación de los pagos provisionales o definitivos, en términos de la regla  II.2.15.1.  de la RMF 2010.

 

La falla coincidió con el vencimiento del plazo para presentar las declaraciones aludidas,  por lo que,  a fin de no causar perjuicio a los contribuyentes obligados al uso del mencionado servicio,  les informo que el plazo para la presentación de pagos provisionales o definitivos de referencia, se amplía hasta el 18 de agosto de 2010.

 

La facilidad administrativa, se publicó el 17 de agosto en el Portal del SAT, Sección de Novedades,  en el  anteproyecto  de la  1ª RMRMF 2010  (Segundo Transitorio), para que pueda ser aplicada por los contribuyentes en términos de lo dispuesto por la regla II.1.1. de la RMF 2010.

 

Saludos!

 

 

Lic. Beatriz Eloísa Ramírez Zepeda

Jefa de Cumplimiento

AGSC/ALSC de Aguascalientes (449)1491086  Red 61086

Ubicación: Calle Chichimeco No. 119 P.B., Col. San Luis

Aguascalientes, Ags. C.P. 20250

Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

 

 
Flash Informativo Ceballos
18 - Agosto - 2010

Les comento información que nos hace llegar nuestro asociado Carlos Alberto Aceves Flores:

Buen día!

 

Les comento que ayer 17 de agosto, se reportaron problemas que impidieron el uso adecuado del Servicio de Declaraciones y Pagos, a través del cual deben realizar la presentación de los pagos provisionales o definitivos, en términos de la regla  II.2.15.1.  de la RMF 2010.

 

La falla coincidió con el vencimiento del plazo para presentar las declaraciones aludidas,  por lo que,  a fin de no causar perjuicio a los contribuyentes obligados al uso del mencionado servicio,  les informo que el plazo para la presentación de pagos provisionales o definitivos de referencia, se amplía hasta el 18 de agosto de 2010.

 

La facilidad administrativa, se publicó el 17 de agosto en el Portal del SAT, Sección de Novedades,  en el  anteproyecto  de la  1ª RMRMF 2010  (Segundo Transitorio), para que pueda ser aplicada por los contribuyentes en términos de lo dispuesto por la regla II.1.1. de la RMF 2010.

 

Saludos!

 

 

Lic. Beatriz Eloísa Ramírez Zepeda

Jefa de Cumplimiento

AGSC/ALSC de Aguascalientes (449)1491086  Red 61086

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Aguascalientes, Ags. C.P. 20250

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Rezagada, la adopción de las facturas electrónicas
10 - Agosto - 2010

 

 
Para elevar esta cifra, el Servi­cio de Administración Tri­butaria (SAT) tiene planeado publicitar intensamente duran­te este segundo semestre todo lo relacionado con la factura electrónica y la Firma Electró­nica Avanzada (FIEL), indicó Carlos Cárdenas.
"El vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Conta­dores Públicos (IMCP) comentó a EL FINANCIERO que éste es un tema prioritario para el SAT, por ¡o que antes de que termine julio emitirá nuevas re­glas al respecto, "explicando lo necesario para que todo mun­do pueda arrancar el 1 de ene­ro de 201 1".
 
Datos del SAT indican que al 28 de febrero se expidieron tres millones 272 mil 164 certi­ficados digitales, 76 por ciento de personas físicas (PF) y 24 por ciento de personas morales (PM); mientras que al primer trimestre había diez millones 696 mil personas físicas y un millón 244 mil morales.
Considerando que para emi­tir Comprobantes Fiscales Digi­tales (CFD) o facturas electró­nicas, lo primero es tener el certificado de la Firma Electró­nica Avanzada (FIEL); de las ci­fras del SAT se desprende que hasta marzo, cerca de siete mi­llones de PF y de 450 mil PM no estaban en condiciones de emitir ese tipo de facturas por no tener el certificado digital.
 
De acuerdo con el SAT, empleando la FIEL como medio de autentificación para hacer transacciones electrónicas se­guras y confiables, en2008se generaron 541 mil 176 certifi­cados digitales, 79 por ciento de PF y 21 por ciento de PM, mientras que en 2009 se expi­dieron 980 mil 398.
A diciembre pasado, 26 mil 512 emisores migraron al es­quema de comprobación fiscal electrónica, generando 278 millones 706 mil 69 CFD, lo que implica un crecimiento de 272 por ciento respecto a los generados en todo 2008. El número de CFD o factu­ras electrónicas emitidas en 2005 fue de 139 mil 509; en 2006, de tres millones 567 mil 689; en 2007, de 15 millones 516 mil 665, y en 2008, de 74 millones 949 mil 018.
Declarar seguro.
Con la información disponible hasta ahora, los poco más de tres millones 272 mil contribu­yentes con FIEL cuentan con seguridad y el reconocimiento jurídico de todas sus transac­ciones que firmen electrónica­mente, y con ello el SAT puede identificar plenamente a los usuarios de sus servicios.
Los comprobantes fiscales digitales constituyen un esque­ma de comprobación fiscal 100 por ciento digital y, como estos esquemas son más seguros que la factura en papel, cada vez son más los contribuyentes que optan por ellos por el ahorro y la reducción de cargas adminis­trativas que logran obtener, in­dicó el SAT.
 
Como parte de la simplifica­ción tributaria señalada en el Plan Estratégico 2007-2012, el SAT indicó que entre 2010 y el 2012 firmará convenios con las 32 entidades federativas para convertir a la FIEL en el único medio para interactuar con las autoridades fiscales en trámites electrónicos.

Con ello, además de impul­sar entre los estados y munici­pios el uso de una plataforma única de firma electrónica pro­piciando la cooperación entre los tres niveles de gobierno, también habilita el servicio de recepción de solicitudes de de­volución por Internet.
 


Marcela Ojeda Castilla
El Financiero
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Evite le Cobren IDE al pagar sus Créditos
09 - Julio - 2010

Si usted es asalariado y está pagando un crédito para vivienda, automóvil, personal, de nómina o en tarjeta, acérquese cuanto antes a su banco para evitar que le co­bren el Impuesto a Depósitos en Efectivo (IDE) cuando haga abonos en efectivo que en suma supe­ren los 15 mil pesos al mes. Esto sólo aplica si usted es empleado y no tiene ingresos adicionales por ejercer por su cuenta actividades empresariales o pro­fesionales.
 
El procedimiento es senci­llo. Sólo acuda a la institución en la que usted tiene sus créditos vi­gentes y lleve una copia de su Re­gistro Federal de Contribuyen­tes (RFC) para que la institución compruebe ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que usted cumple con los requi­sitos señalados en el párrafo an­terior. Juan Carlos Sainz del Toro, asesor y fiscalista, explicó que la Secretaría de Hacienda dispuso que los asalariados debían haber hecho este procedimiento entre el 1 de enero y el 1 de julio, pero si usted falta, aún puede realizar­lo. De lo contrario, desde este mes los pagos a créditos que haga en efectivo contarán para efectos de cobro del IDE.
 
"Las personas físicas que no tengamos una actividad empresarial o profesional no estarían su­jetas al IDE (en el pago de crédi­tos), pero tengo que acreditárse­lo al sistema bancario y el sistema bancario lo va a cotejar con el SAT. Si yo no se lo acredito, el SAT di­ce: Cóbrenles", detalló Sainz del Toro.
 
MURAL consultó a tres especialistas en un panel para explicar cuáles son los sujetos obligados al pago del IDE.
Gustavo Herrera Rodríguez, gerente comercial de Banco del Bajío en la Región Occidente, recordó que las personas físicas y morales son sujetas de este tri­buto siempre y cuando deposi­ten más de 15 mil pesos en efec­tivo. El monto que exceda de esta cantidad será sujeto al cobro del 3 por ciento.
 
Además, si una persona compra con dinero en efectivo un che­que de caja también pagaría IDE si se superan los 15 mil pesos. Roberto Arechederra, catedrático de la Universidad Panamericana y asesor financiero, cri­ticó que Hacienda no haya realizado una campaña de difusión sobre la notificación que los asalariados debían hacer a su banco.

"Lo que me parece delicado es que, por una parte, la autoridad tiene medios para hacerse de recursos de manera muy accesible, y por otra parte, al ciudadano de a pie le pone muchos procedimien­tos, muchas trabas para poder lo­grar una devolución".
En esto coincidió Sainz del Toro, quien explicó que a diferencia de un asalariado, una persona con actividad empresarial o mo­ral puede deducir los cobros quele hagan del IDE al hacer sus de­claraciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
 
Sin embargo, los que tribu­tan bajo el Régimen de Pequeños Contribuyentes hacen un pago bimensual al Estado y no tienen manera de acreditarlo.








Elizabeth Ortiz


Mural.

 
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